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19 junio, 2020

¿Argentina basurero del mundo?

Por Ayelen Dichdji

¿Argentina basurero del mundo?

Durante el último año del gobierno de Mauricio Macri se decretó la importación de basura y diversos residuos del exterior hacia nuestro país. En agosto de 2019 se publicó el decreto 591/2019 sobre residuos peligrosos que encendió la luz de alarma en movimientos ambientalistas y organizaciones sociales.

 

La normativa no sólo permitía la importación definitiva o temporal al territorio de basura, sino también el tránsito de residuos que tuvieran por destino un tercer país. La resolución firmada por el expresidente Macri tenía carácter conjunto, entre el Ministerio de Producción y la Secretaría de Ambiente, empero la autoridad de control sería la primera, pese a no contar con experiencia alguna en la materia. En tal sentido, los residuos que podían importarse fueron divididos en: chatarra ferrosa, chatarra no ferrosa, rezagos de papel y cartón, vidrio roto, casco, cascote y rezagos plásticos.

Tanto legisladores nacionales, provinciales como organizaciones ambientalistas rechazaron abiertamente el decreto. Entre otros motivos, porque eliminaba el certificado de inocuidad sanitaria y ambiental; además de los riesgos sanitarios y ambientales para la población y el ambiente que implicaba, en sintonía con la pérdida de control que traía aparejado esta situación para las jurisdicciones locales de los territorios afectados por la normativa.

 

 

Cabe destacar que, con la reforma constitucional de 1994, fueron incluidos los Derechos Ambientales en la Constitución Nacional. Así, el artículo 41 establece que: «todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras y tienen el deber de preservarlo». En este sentido, «el daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley». Además, «las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, a la información y educación ambientales».

Se señala también que le «corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales». Asimismo, «prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos». Mientras que, en el artículo 43 se dictamina que: «toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley».

Esto habilita, entonces, a que un juez pueda «declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva» y se «podrá interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización». Por otro lado, el artículo 75 (inciso 18) sobre propiedad de la tierra y exploración de ríos, junto al art. 124 sobre el dominio provincial sobre los recursos naturales, complementan estas nuevas normativas en materia ambiental en Argentina durante la década de 1990.

 

 

Pese a estas incursiones en política ambiental, y teniendo los fondos necesarios para poder elaborar una legislación al respecto, durante los gobiernos del presidente Carlos Menem (1989-1999) no fueron tratados ninguno de los proyectos presentados ante el Congreso. Por el contrario, se empeñaron en convertir a nuestro país en el basurero del mundo al intentar instalar un repositorio nuclear en la Patagonia profunda, en la provincia de Chubut, con el objetivo de importar basura nuclear de Europa. El proyecto fue frenado gracias a la movilización ciudadana y las acciones colectivas que llevaron adelante los pobladores patagónicos.

Durante septiembre de 2019 el Consejo Federal de Medio Ambiente (Cofema) -órgano que reúne a todas las autoridades ambientales de las provincias- rechaza el decreto por inconsulto: «No se ha cumplido en el ámbito del Cofema una instancia previa de análisis integral de los impactos ambientales, económicos y sociales que dicha medida puede tener sobre las políticas provinciales de gestión integral de residuos». Representantes de la ONG Greenpeace, así como desde la Asociación de Abogados Ambientalistas de Argentina aseguran que esta modificación implica, de manera socavada, una flexibilización de los requisitos para poder ingresar residuos.

Esta situación deja en evidencia un claro problema: ¿de qué manera se gestiona la basura de diversa índole en cada lugar? ¿Cómo afecta esto la salud de la publicación y del ambiente? El último informe del Estado del Ambiente, actualizado en 2017, indica que en Argentina se genera un promedio de 45.000 toneladas diarias de residuos sólidos urbanos. De acuerdo con los datos brindados por el Ceamse, que sólo opera a la zona metropolitana de Buenos Aires, el 40% de los residuos corresponde a material orgánico; el 14%, a papel y cartón; y el 13% son plásticos. El resto de los materiales son vidrio, residuos textiles y metales, entre otros. Todos materiales que podrían ser parte de los llamados residuos reciclados.

 

 

En este punto, la cuestión ambiental se manifiesta como un síntoma y un cuestionamiento acerca del modelo de civilización eregido por encima del conjunto de factores que constituyen a las sociedades modernas. Por ende, tanto el ambiente como los recursos naturales forman parte del desarrollo político-económico y cultural de las sociedades. En consecuencia, como menciona Enrique Leff, las «condiciones propias de los modos de producción capitalista precisan también del equilibrio ecológico, del usufructuo consciente de los recursos naturales renovables y no renovables, de su reproducción y reciclaje». Se afirma, así, que la cuestión ambiental incumbe tanto a los órganos del Estado, a los aparatos ideológicos como a la sociedad civil, siendo la participación de ésta última crucial en la configuración de nuevas relaciones de poder y estrategias. Argentina no resulta ajena, entonces, a la emergencia de una nueva conciencia social y ambiental frente al atropello de políticos de turno que incumplen las normas básicas de salud humana y ambiental.