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4 septiembre, 2019

¿Desarrollo urbano o retroceso ambiental?

Por Ayelen Dichdji

¿Desarrollo urbano o retroceso ambiental?

En Argentina existen aproximadamente 600.000 km2 de humedales, lo que representa el 21,5% del territorio nacional.

Los humedales son indispensables por los servicios ecosistémicos que brindan. Además, son entornos naturales donde predomina la diversidad biológica.

 

Por otra parte, son fuentes de agua y productividad primaria que funcionan como filtro natural de impurezas de agua. Asimismo, son imprescindibles como suministros de: agua dulce, alimentos, materiales de construcción, biodiversidad hasta control de crecidas, recarga de aguas subterráneas y mitigación del cambio climático.

En Argentina se reflotó el proyecto para proteger estas áreas naturales durante 2018, luego que la iniciativa perdiera estado parlamentario en 2016 contando con media sanción del Senado de la Nación. De esta discusión participaron el Instituto de Tecnologías Agropecuarias (INTA), la Comisión de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios precedida por el diputado del Frente para la Victoria, Julio Solanas; además de diversos referentes provinciales especializados en la temática.

Gerardo Mujica, especialista en humedales, advirtió sobre la «necesidad de una ley de presupuestos mínimos para la protección, uso racional y sostenible de los humedales», y remarcó que «es fundamental para los sistemas productivos tradicionales». Mientras que, Francisco Savoy (licenciado en Salud Ambiental, consejero directivo y docente de la facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional de Entre Ríos), sostuvo como crucial «la incidencia de una ley nacional de protección de humedales en la resolución de conflictos locales», como también «la urgencia de una legislación que brinde las herramientas necesarias para abordar los problemas y las soluciones del medio ambiente». Asimismo, el presidente de la Fundación Humedales, Rubén Quintana, dijo que «es lamentable que en Argentina haya pérdida en degradación de humedales, ya que es fundamental proteger los ecosistemas como fuentes de agua para la sociedad por su biodiversidad, protección de costas y de inundaciones». Tanto la contaminación como la transformación de estos espacios en terrenos para uso agrícola se consideran dos de los peligros concretos para los humedales.

 

 

Por su parte, también durante el pasado año la Reserva Natural Villavicencio (Mendoza, Argentina) fue declarada como sitio RAMSAR. Se convirtió, así, en la única reserva privada de nuestro país en obtenerla. La reserva proporciona servicios ecosistémicos elementales, además, acoge diferentes especies ecológicas tales como las vegas que son los humedales más característicos de la zona. Asimismo, cubre desde los 700 hasta los 3,300 metros sobre el nivel del mar y brinda amparo a diversas especies animales en peligro de extinción. La zona cuenta con un patrimonio paleontológico e histórico trascendental. No obstante, no deja de enfrentarse cotidianamente a las amenazas ya conocidas: los impactos de la minería, las especies invasoras, los incendios forestales, la caza de grandes vertebrados y la captura ilegal de aves silvestres.

Con respecto a la Convención RAMSAR, su objetivo fundamental es «la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales y nacionales gracias a la cooperación internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo». Empero, su degradación es permanente, como también el impacto que tiene el crecimiento urbano en los humedales. De acuerdo con esto, Carolina Rojas, investigadora del Instituto de Estudios Urbanos y Territoriales de la Pontificia Universidad Católica de Chile, advierte que «en Argentina la modificación de cauces del río Luján y el relleno de humedales causó grandes inundaciones en la provincia de Buenos Aires», situación que se podría haber evitado.

Sofía Astelarra, Victoria de la Cal y Diego Domínguez, del área de sociología y geografía, explican que el RAMSAR «es un acuerdo intergubernamental sobre el medio ambiente, en la cual se realiza un convenio respecto a la definición de los humedales, los pasos a seguir para determinar estos sitios y su inventario, así como la evaluación y monitoreo de estas áreas como herramienta para su conservación y uso racional». En este aspecto, para la Convención la definición sobre qué se considera como humedal es significativamente amplia. Por esa razón podemos argüir que abarca todos los lagos, ríos, acuíferos subterráneos, pantanos, marismas, pastizales húmedos, turberas, oasis, estuarios, deltas, bajos de marea, manglares, arrecifes coralinos, sitios artificiales como estanques piscícolas, arrozales, reservorios y salinas.
En Argentina, además de la Reserva Villavicencio de Mendoza, contamos con otros 22 humedales reconocidos por RAMSAR, como a Laguna de los Pozuelos (provincia de Jujuy), Laguna Blanca (provincia del Neuquén) y Río Pilcomayo (provincia de Formosa). Otro ejemplo es el Delta del Paraná que abarca más de 240 mil hectáreas ubicado geográficamente entre las provincias de Santa Fe y Entre Ríos. La zona fue designada en 2016 y comprende humedales continentales de origen fluvial asociados a la llanura de inundación del río Paraná. Además, incluye los territorios de dos Parques Nacionales: Predelta e Islas de Santa Fe.

Los humedales colaboran con la regulación hidrológica y biogeoquímica. También constituyen un corredor biogeográfico en el que conviven especies de regiones tropicales, subtropicales y templadas que resultan en una gran diversidad de ambientes, flora y fauna. Asimismo, estas zonas tienen una función trascendental como reservorio de biodiversidad, brindando alimento, refugio y sitios de reproducción a numerosas especies de peces, así como especies de aves, reptiles y mamíferos que se encuentran bajo amenaza de desaparecer. Pero, a su vez, es fundamental para el sostenimiento de las comunidades aledañas ya que tanto el río como otros cauces menores son vías de navegación comercial y constituyen el principal suministro de agua para uso doméstico y productivo.

De igual modo, según datos del ex Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable nuestro país cuenta con un 23% de su territorio cubierto de humedales con diferentes proporciones, ubicación y diversidad tanto biológica, geográfica como cultural. La ecóloga Inés Malvárez sostiene que «el interés por los humedales es cada vez mayor en la Argentina, y su crecimiento en la última década ha sido especialmente marcado. Esta temática dejó de ser patrimonio exclusivo de académicos y de naturalistas para pasar al dominio del público en general». Este se explica teniendo en consideración, por un lado, las actividades productivas y económicas que les proporcionan los humedales a las comunidades y, por el otro, a los conflictos socioambientales que se desencadenan a raíz de la explotación de los recursos naturales que albergan dichas zonas. En sintonía «la existencia de una conflictividad extendida en los humedales de Argentina, reconocidos internacionalmente, plantea un desafío socioeconómico y político, si se piensa en la preservación de estos ecosistemas, incluidos los modos de vida que —no sin tensiones— co-evolucionan con ellos en una sustentabilidad entrelazada: pescadores artesanales, cazadores/recolectores, campesinos de autoabasto y mercados locales, pequeños ganaderos, habitantes ancestrales, entre otros. Se trata de múltiples poblaciones locales habitantes de los humedales, diferenciadas cultural, socioeconómica y políticamente, que reaccionan ante las agresiones producidas por alguna actividad empresarial o estatal de gran escala que se apropia de los bienes naturales, o que produce impactos ambientales negativos», advierten Astelarra, de la Cal y Domínguez.

De modo que la Ley de Humedales resulta trascendental y de suma importancia, puesto que es una herramienta que permite establecer un límite a los desarrollos urbanos, agropecuarios, industriales que afecten sus características ecológicas. Las consecuencias de estas actividades son extremas, desde los incendios forestales hasta las grandes inundaciones, y ponen en evidencia el impacto socioambiental de estos desarrollos. El proyecto discutido en 2018 estipula un ordenamiento territorial de humedales que posibilitaría ejecutar acciones de protección en estos ecosistemas, fundamentales para aliviar inundaciones y proveer de agua potable. Además, incorpora una moratoria para impedir -mientras se elabore este relevamiento- la continuidad de las obras o el inicio de actividades nuevas que impliquen cambios del uso del suelo.

Estamos en presencia de ejemplos que visibilizan cómo las transformaciones producidas a través del tiempo por la interacción del hombre con la naturaleza, en parte, determina los crecientes conflictos socioambientales que acontecen en Argentina, vinculados a la explotación de los recursos naturales de la región. En consecuencia el caso de los humedales en nuestro país no es la excepción, sino la regla.